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Se convoca una plaza de oficial para el servicio de protección civil
 

La Comarca Los Monegros, ha convocado una plaza de Oficial para el servicio de protección civil, las bases y convocatoria, forman parte del Orden del Día del Consejo Comarcal, que se celebra hoy, 5 de abril, en el Municipio de CASTELFLORITE, y que una vez aprobadas, se remitirán a los tablones de anuncios de los Ayuntamientos.

 El plazo para la presentaicón de solicitudes, será al día siguiente de su publicación es decir a partir del próximo día 7 de abril de 2004.

- BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN UNA PLAZA DE OFICIAL PARA EL SERVICIO DE PROTECCION CIVIL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE LA COMARCA LOS MONEGROS.

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la convocatoria es la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de Oficial para el servicio de Protección Civil, categoría C2-Convenio Laboral de la Comarca Los Monegros, vacante en la plantilla de personal laboral por tiempo determinado, a tiempo completo.

2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Podrán tomar parte en el concurso todos aquellos aspirantes que reúnan, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, las condiciones siguientes: - Ser ciudadano de la Comunidad Europea. - Tener cumplidos los 18 años. - Poseer el titulo de , Graduado en secundaria, Graduado Escolar, Ciclo formativo de grado medio FP 1º grado o equivalentes. - No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones. -No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. -Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de categoría B.

3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la Constitución, se dirigirán al Presidente de esta Comarca y se presentarán en el registro general de ésta durante el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en los tablones de anuncios de la Comarca y Ayuntamientos de Los Monegros, y en el periódico de tirada comarcal "Crónica de Los Monegros". A la instancia se acompañará: 1.- Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, así como de la titulación exigida. 2.- Fotocopia compulsada del carnet de conducir 3.- Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados en la fase de concurso, incluidos como baremables. Las instancias también podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJAP-PAC).

4.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Comarca dictará resolución con la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos así como la composición del tribunal. Se concederá un plazo de diez días hábiles a efectos de reclamaciones. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la LRJAP, se concederá un plazo de diez días para subsanar deficiencias. En caso de que no se presentaran reclamaciones se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

5.- TRIBUNAL CALIFICADOR. El tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma: Presidente: El de la Comarca o miembro de la misma en quien delegue. Vocales: Un representante político de cada uno de los grupos que conforman el Consejo Comarca de Los Monegros. Un técnico de la Diputación Provincial de Huesca. Un técnico de la Diputación Provincial de Zaragoza. Un técnico, designado por la Comarca Los Monegros. Un técnico a designar por una de las Oficinas de Empleo, que tienen su ratio de acción en el territorio de la Comarca Los Monegros. El Secretario de la Comarca, o personal de la Comarca en quien delegue. Juntamente con los titulares serán nombrados los respectivos suplentes. Los vocales técnicos, deberán de poseer una titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la LRJAP.

6.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. Los opositores serán convocados para la fase de oposición en llamamiento único salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal. Fase de oposición. Constará de dos pruebas que tendrán carácter eliminatorio: prueba teórica que consistirá en exponer por escrito un supuesto práctico en Los Monegros, relativos a las tareas propias del puesto de trabajo; y un ejercicio escrito que consistirá en un psicotécnico. Los ejercicios serán calificados con un máximo de diez puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de cinco puntos. El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal, en cada uno de los ejercicios será de 0 a 10. Fase de concurso. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, pasarán a la fase de concurso en la que serán valorados los méritos que hayan acreditado junto con su instancia aplicando el siguiente baremo: 1.-Formación. Cursos impartidos por la Dirección General de Protección Civil, Organismos Autónomos, Diputaciones Provinciales, Federaciones de Municipios y Provincias, Ayuntamientos, Mancomunidades o Comarcas (hasta un máximo de 4 puntos)

De 10 a 40 horas ……………………………. 0,40 puntos/curso

De más de 40 horas ………………………… 0,50 puntos/curso

Los cursos a valorar estarán impartidos por entidades u organismos oficiales o centros homologados, tendrán un contenido directamente relacionado con el puesto de trabajo y se acreditarán mediante fotocopia autenticada del diploma o título expedido en el que conste dicha entidad u organismo oficial que lo impartió y el número de horas. 2.- Experiencia: Como técnico de protección civil bien como personal funcionario, laboral, o mediante contratación administrativa o figura administrativa análoga: 0,1 puntos por mes o fracción (hasta un máximo de 5 puntos). Dicha experiencia requerirá que sea avalada por certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social y certificado de Empresa dónde haya desarrollado mínimo de oficial.

7.- ADJUDICACIÓN. La plaza se adjudicará al aspirante que habiendo superado la fase de oposición y sumada la valoración de méritos de la fase de concurso, alcance mayor puntuación total en el conjunto de las dos fases. Esta podrá resultar desierta cuando ningún aspirante alcance la puntuación mínima exigida.

8.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y CONTRATACIÓN. Terminadas ambas fases, el tribunal hará pública la relación de los aspirantes aprobados con la puntuación obtenida y elevará a la Presidencia de esta Entidad, en su caso, la propuesta con el aspirante de mayor puntuación para que efectúe la contratación. El aspirante propuesto deberá tomar posesión en el plazo máximo de 30 días hábiles, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, estableciéndose un periodo de prueba de seis meses.

En caso de no tomar posesión en el plazo indicado sin causa justificada, se considerara que renuncia al nombramiento. Para tomar posesión es requisito imprescindible que el aspirante propuesto presente los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en esta convocatoria.

9.- INCIDENCIAS. El tribunal quedará facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso, en todo lo no previsto en estas bases.

10.- De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de las mismas en el Boletín oficial de la provincia. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido una desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

En Grañén, a veintinueve de marzo de dos mil cuatro.

El Presidente, Manuel Conte Laborda.

 


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