Los cursos a valorar estarán impartidos por entidades u organismos oficiales o centros homologados, tendrán un contenido directamente relacionado con el puesto de trabajo y se acreditarán mediante fotocopia autenticada del diploma o título expedido en el que conste dicha entidad u organismo oficial que lo impartió y el número de horas. 2.- Experiencia: Como técnico de protección civil bien como personal funcionario, laboral, o mediante contratación administrativa o figura administrativa análoga: 0,1 puntos por mes o fracción (hasta un máximo de 5 puntos). Dicha experiencia requerirá que sea avalada por certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social y certificado de Empresa dónde haya desarrollado mínimo de oficial.
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