5.- TRIBUNAL CALIFICADOR. El tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma: Presidente: El de la Comarca o miembro de la misma en quien delegue. Vocales: Un representante político de cada uno de los grupos que conforman el Consejo Comarca de Los Monegros. Un técnico de la Diputación Provincial de Huesca. Un técnico de la Diputación Provincial de Zaragoza. Un técnico, designado por la Comarca Los Monegros. Un técnico a designar por una de las Oficinas de Empleo, que tienen su ratio de acción en el territorio de la Comarca Los Monegros. El Secretario de la Comarca, o personal de la Comarca en quien delegue. Juntamente con los titulares serán nombrados los respectivos suplentes. Los vocales técnicos, deberán de poseer una titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la LRJAP.
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