Condena al Grupo Popular a pagar las costas del proceso.
El Juzgado contencioso administrativo número 1 de Huesca ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Partido Popular en el Consejo Comarcal de Los Monegros contra la Comarca de Los Monegros y confirma el impugnado acuerdo del 6 de septiembre del pasado año. Además, condena al Grupo Popular en el Consejo Comarcal de Los Monegros a pagar a la Comarca las costas del proceso y recuerda que contra la sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de quince días, según consta en el fallo comunicado a la Comarca de Los Monegros.
El Grupo Popular en el Consejo Comarcal de Los Monegros demandó a la Comarca de Los Monegros por entender aplicable la ley de creación de la Comarca de Los Monegros, en la que se establecía que el Consejo Comarcal debía celebrar una sesión ordinaria al mes. Sin embargo, la sentencia recuerda que esta disposición queda derogada por la posterior Ley general de comarcalización en la que se fija como mínimo una sesión ordinaria cada tres meses, lo que deroga disposiciones de igual o inferior rango. La sentencia también destaca el ahorro de 4.000 euros anuales que supone para el ciudadano celebrar los plenos ordinarios comarcales con periodicidad trimestral en lugar de mensual, en concepto de dietas para los consejeros comarcales.
El presidente de la Comarca de Los Monegros, Ildefonso Salillas, se ha mostrado satisfecho con el fallo, “porque la Justicia nos da la razón y se ha demostrado que es totalmente legal la celebración trimestral de los plenos, además de suponer un ahorro de dinero público”. El presidente lamenta “el daño a la imagen institucional que haya podido provocar la denuncia interpuesta por el Partido Popular, sin ningún fundamento legal como se ha comprobado finalmente”. Esta sentencia confirma, según Salillas, que “la decisión de la Comarca de Los Monegros de celebrar plenos trimestrales se tomó para optimizar al máximo el funcionamiento de esta institución y sobre todo pensando en el interés general de los habitantes de este territorio”.
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